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Convocadas las ayudas anuales para la creación y consolidación de empresas cooperativas valencianas

  • La orden 11/2019 de la Conselleria de Economía Sostenible incluye cuatro tipos de ayudas con diferentes plazos de solicitud.
  • Los plazos comienzan a partir del 28 enero de 2020 y la presentación de solicitudes será vía telemática.

Las cooperativas pueden solicitar a partir del 28 de enerolas ayudas convocadas por la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, dentro de la orden específica destinada a fomentar en 2020 la creación, consolidación y el empleo de las empresas cooperativas y sociedades laborales en la Comunitat Valenciana.

La orden reguladora de estas ayudas incluye cuatro tipos:

  • Ayudas para subvencionar los gastos de constitución y puesta en marcha de nuevas cooperativas.
  • Ayudas para la incorporación de personas desempleadas como socias trabajadoras o de trabajo.
  • Ayudas para prestación de asistencias técnicas.
  • Ayudas destinadas a la realización de inversiones.

Según las condiciones establecidas para la concesión de ayudas en la nueva orden de bases, las cooperativas de viviendas podrán optar a tres tipos de ayudas: las subvenciones para cubrir gastos de constitución y puesta en marcha de nuevas cooperativas, a la realización de inversiones (sin estar supeditadas a la creación de trabajo directo por la cooperativa) y para la incorporación de personas desempleadas como socias de trabajo.

En primer lugar, como principal novedad paras las cooperativas de viviendas se subvencionan los gastos de constitución de las nuevas empresas. En este punto se han ampliado los gastos que son subvencionables y se han incrementado las cuantías. Entre otros gastos, son subvencionables los de notaría, registro, informes de apertura de local o establecimiento, los gastos de gestoría, etc.

En segundo lugar, tanto en el caso de nuevas cooperativas como de aquellas ya en marcha, se subvenciona la incorporación con carácter indefinido de personas desempleadas como socias de trabajo, así como de aquellos trabajadores temporales que pasan a ser socios de sus cooperativas o sociedades laborales.

Por último, las cooperativas que vayan a realizar inversiones durante el ejercicio por un valor superior a 2.000 euros pueden contar con financiación para apoyar una amplia gama de actuaciones, entre las que las cooperativas de viviendas debemos estar atentas a las restricciones. Sin embargo, son destacable, por ejemplo, inmovilizados materiales e inmateriales vinculados a las TIC, como páginas web, así como maquinaria, instalaciones técnicas, herramientas o utillaje o la adquisición de mobiliario destinado a los servicios auxiliares que puede ofrecer la cooperativa de viviendas. Señalamos como principal novedad en este apartado la eliminación del requisito de haber incrementado el empleo fijo en los 36 meses anteriores a la fecha de solicitud, que existía en convocatorias anteriores.

Finalmente, también se han publicado las ayudas para asistencias técnicas de cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales (en exclusiva), que incluyen ayudas para la contratación de personas como directores y gerentes, la realización de estudios de viabilidad, organización, comercialización, diagnosis u otros de naturaleza análoga y de informes económicos y de auditoría no obligatorios, así como para el asesoramiento no habitual en las diferentes áreas de la gestión empresarial.

+ Información, requisitos y plazo de las ayudas AQUÍ

Fuente: FECOVI