Normativa jurídica de aplicación a Cooperativas de Viviendas
El cooperativismo viene amparado por el art. 129.2 de la Constitución Española, que recoge como “los poderes públicos fomentarán, mediante una legislación adecuada, las sociedades cooperativas”. Hay que tener en cuenta que el cooperativismo es una competencia autonómica, por lo que en materia general se regirá por una ley para cada Comunidad Autónoma.
- En materia general sobre Cooperativas, y en particular sobre Cooperativas de Vivienda (art. 91): Decreto Legislativo 2/2015, de 15 de mayo, del Consell, por el que aprueba el texto refundido de la Ley de Cooperativas de la Comunitat Valenciana.
- En materia fiscal, seguirán una única ley en toda España (excepto País Vasco y Navarra): Ley 20/1990, de 19 de diciembre, sobre Régimen Fiscal de las Cooperativas.
- En materia contable, seguirán las normas sobre los aspectos contable de las sociedades cooperativas: Orden EHA/3360/2010, de 21 de diciembre.
- Como cooperativa, es una entidad de la Economía Social que se ampara bajo la siguiente: Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social en particular, en la Disposición transitoria segunda, sobre Cooperativas de viviendas.
Teniendo en cuenta que la empresa cooperativa llevará a cabo la construcción, gestión o rehabilitación de viviendas, la actividad se encuentra regulada por diferentes normativas trasversales que se recogen de manera ordenada en el Código de la Vivienda de la Comunidad Valenciana.