Ayudas a cooperativas
Ayudas al fomento de cooperativas
Ayudas para el fomento de cooperativas
Entre las diferentes ayudas a cooperativas disponibles en la Comunitat Valenciana, según las condiciones establecidas para la concesión de ayudas en la nueva orden de bases, las cooperativas de viviendas podrán optar a 2 tipos de ayudas:
-Creación Nueva Empresa (ESCREA): Las subvenciones para cubrir gastos de constitución y puesta en marcha de nuevas cooperativas.
-Integración Sociolaboral (ESEILS): Las subvenciones para la incorporación de personas desempleadas como socias de trabajo
Plazo: 30 de junio de 2023 para ambas.
A continuación, te ofrecemos un resumen de las principales características de las ayudas. Encontrarás esta información con más detalle en la normativa relacionada al final de esta página:
Creación Nueva Empresa (ESCREA)
Beneficiarios | Objeto de la Ayuda | Requisitos de las Actuaciones | Importe de la Ayuda | Plazo de solicitud |
Constitución de nuevas Cooperativas, fusión de éstas o creación de grupos cooperativos: -En 2º semestre de 2022 -En 2023, con anterioridad a la presentación de la solicitud. |
Gastos Notaría; Registros; Permisos e Informes preceptivos. Gastos asesoría y gestoría vinculado a constitución e inscripción. Cuotas iniciales de alta de suministros. | Esta subvención podrá obtenerse una sola vez. |
Hasta 4.000 € por cada nueva cooperativa en total de todos los conceptos. Límites: gastos de asesoría, gestoría y las cuotas iniciales de suministro, hasta 600 € cada concepto o hasta el resultado menor de multiplicar 0,4 por los gastos e) y f) del art. 18.4 de la orden. Se incluirán impuestos indirectos de los costes subvencionables si se incorporan en la solicitud | Del 31 de enero al 30 de junio de 2023, inclusive. |
Integración Sociolaboral (ESEILS)
Beneficiarios | Objeto de la Ayuda | Requisitos de las Actuaciones | Importe de la Ayuda | Plazo de solicitud |
Cooperativas con socios de trabajo. | Incorporar con carácter indefinido como socios de trabajo en cooperativas a desempleados o trabajadores con contrato de trabajo temporal* en la misma cooperativa. Para incorporaciones realizadas en el 2º semestre de 2022 y en 2023 hasta el día de presentación de la solicitud, inclusive. |
a) Menores de 30. b) Mayores de 45. c) De larga duración. d) Perceptores de Pago único. e) Mujeres durante los 24 meses siguientes al parto. f) Personas diversidad funcional. g) Exclusión Social. h) *Trabajadores temporales que pasan a socios. |
Colectivos a), b), c), y d) Hombres: 8.000 € Mujeres : 10.000 € Colectivo e): 10.000 € Colectivo f): 12.000 € Colectivo g): 12.000 € Colectivo h) Hombres: 6.000 € Mujeres: 7.500 € Las anteriores cuantías corresponden a jornada completa. Cabe ayuda, proporcional, por jornada parcial de 20 o más horas | Del 31 de enero al 30 de junio de 2023, inclusive |
Normativa:
ACCESO A LOS TRÁMITES
1-Creación Nueva Empresa (ESCREA): AQUÍ
2-Integración Sociolaboral (ESEILS): AQUÍ
Es subvencionable el IVA NO RECUPERABLE.
Todas las ayudas se acogen al Reglamento de minimis
Ayudas a digitalización de empresas como las cooperativas. Programa Kit Digital
Programa Kit Digital. Ayudas a digitalización de empresas del Segmento III
(incluye las cooperativas de entre 0 y 3 empleados)
PLAZO PRESENTAR SOLICITUDES: Desde las 11:00h del día 20/10/2022 hasta las 11:00h del día 20/10/2023.
OBJETO: Mejorar la competitividad y el nivel de madurez digital de las empresas y personas en situación de autoempleo, mediante la adopción de soluciones de digitalización incluidas en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa.
EXTRACTO CONVOCATORIA: Anuncio 31240 del BOE núm. 245 de 2022
ACCESO AL TRÁMITE DE LA SOLICITUD: AQUÍ
BENEFICIARIOS: Empresas pequeñas (menos de 3 empleados).
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES
Categorías de Soluciones de Digitalización | Meses de prestación del servicio | Ayudas para estas categorías |
Sitio Web y Presencia en Internet | 12 | 2.000€ |
Comercio Electrónico | 12 | 2.000€ |
Gestión de Redes Sociales | 12 | 2.000€ |
Gestión de Clientes | 12 | 2.000€ (incluye a 1 usuario) |
Business Intelligence y Analítica | 12 | 1.500€ (incluye a 1 usuario) |
Gestión de Procesos | 12 | 2.000€ (incluye a 1 usuario) |
Factura Electrónica | 12 | 1.000€ (incluye a 1 usuario) |
Servicios y herramientas de Oficina Virtual | 12 | 250€ / usuario (hasta 2 usuarios) |
Comunicaciones Seguras | 12 | 125€ / usuario (hasta 2 usuarios) |
Ciberseguridad | 12 | 125€ / dispositivo (hasta 2 dispositivos) |
Presencia Avanzada en internet | 12 | 2.000€ |
Marketplace | 12 | 2.000€ |
Quedan excluidos hardware,impuestos y gastos de conectividad.Podrán consumirse servicios por importes mayores, pero la cuantíamáxima de ayuda es la plasmada anteriormente.
Son válidas tanto las nuevas adopciones como la adquisición de mejorasfuncionales claras. No tendrán esta consideración desarrollos oactualizaciones de versiones.
CARACTERÍSTICAS DEL PROYECTO
El beneficiario deberá, en primer lugar, registrarse en https://www.acelerapyme.es/ y completar un test deautodiagnóstico. Despuéspodrá obtener el Bono Digital, para los servicios del catálogo que deseerecibir.Se adquirirá un derecho (“Bono Digital”), por el que podránobtenerse los servicios de un AgenteDigitalizador Adherido. Se podránsolicitar distintas ayudas del catálogo del apartado anterior hasta elKitDigital para empresas de menos de 3 trabajadores – 2022máximo de 2.000€ establecido, pero solo unapor cada servicio delcatálogo.
El beneficiario deberá firmar un Acuerdo de Prestación con el AgenteDigitalizador, en un plazo de 6 meses. Una vez validado el acuerdo, elAgente dispone de 3 meses para la instalación y desarrollo. El agenteemitirá una factura con los servicios prestados, haciendo constarclaramente el descuento propio del Bono.
TIPO DE AYUDA: Subvención a fondo perdido.Régimen de concurrencia sucesiva.
Sujeto a minimis.Incompatible con otras ayudas.
Más información: AQUÍ
Programa Kit Digital.Ayudas a digitalización de empresas del Segmento II
(incluye las cooperativas de entre 3 y 10 empleados)
PLAZO DE SOLICITUDES: Desde el 2 de septiembre de 2022 hasta el 2 de septiembre de 2023 (a las 11:00h). Se concederán según el orden de presentación de solicitudes, hasta que se agote el presupuesto asignado, concesión directa – beneficiarios mediante concurrencia no competitiva.
OBJETO: Mejorar la competitividad y el nivel de madurez digital de las empresas y personas en situación de autoempleo, mediante la adopción de soluciones de digitalización incluidas en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa.
ACCESO AL TRÁMITE DE LA SOLICITUD: AQUÍ
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES
Categorías de Soluciones de Digitalización | Meses de prestación del servicio | Ayudas para estas categorías |
Sitio Web y Presencia en Internet | 12 | 2.000€ |
Comercio Electrónico | 12 | 2.000€ |
Gestión de Redes Sociales | 12 | 2.500€ |
Gestión de Clientes | 12 | 2.000€ (incluye a 1 usuario) |
Business Intelligence y Analítica | 12 | 2.000€ (incluye a 1 usuario) |
Gestión de Procesos | 12 | 2.000€ (incluye a 3 usuarios) |
Factura Electrónica | 12 | 2.000€ (incluye a 3 usuarios) |
Servicios y herramientas de Oficina Virtual | 12 | 250€ / usuario (hasta 9 usuarios) |
Comunicaciones Seguras | 12 | 125€ / usuario (hasta 9 usuarios) |
Ciberseguridad | 12 | 125€ / dispositivo (hasta 9 dispositivos) |
Presencia Avanzada en internet | 12 | 2.000€ |
Marketplace | 12 | 2.000€ |
–No subvencionable: Servicios de telecomunicación y conectividad a internet, hardwares, gastos por labores de terceros prestadas para obtener estas ayudas, gastos financieros, IVA, Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importanción, IRPF u otros tributos, intereses de deudas, intereses de mora, recargos, sanciones administrativas y penales, niterrenos.
-Ejecución de la actividad subvencionada. Prestación de Soluciones de Digitalización en 2 fases:
1ª fase: plazo máximo de 3 meses a partir de la validación del Acuerdo de Prestación de Soluciones para Digitalización. Deberá realizarse la instalación, y desarrollo en su caso, de la solución, así como el pago de la factura emitida por el Agente Digitalizador Adherido, previa conformidad del beneficiario.
2ª fase: plazo de 12 meses, a computar desde la fecha de emisión de la factura en la fase anterior.
+ Información: AQUÍ