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CORONAVIRUS: SUSPENSIÓN DE PLAZOS LEGALES QUE AFECTAN A LAS COOPERATIVAS

– Se suspenden los trámites registrales, los plazos para la presentación de recursos, se mantiene la vigencia de los nombramientos inscritos y se dejan de emitir resoluciones de suspensión o denegación de actos registrales.

– Se activa la tramitación electrónica, se garantiza la coordinación entre oficinas y la atención al público será vía mail o telefónicas los días hábiles de 9 a14 horas

La Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo ha establecido una serie de medidas excepcionales de aplicación durante el período de tiempo que dure el estado de alarma decretado para la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, con el fin de favorecer la máxima coordinación entre la Oficina Central del Registro de Cooperativas de la Comunitat y las oficinas territoriales.

En términos generales estas medidas pasan por la suspensión de los trámites registrales, de los plazos establecidos para la presentación derecursos o la celebración de reuniones o acuerdos.

Además, permanecerán vigentes los nombramientos inscritos, se deja de emitir resoluciones de suspensión o denegación de los actos registrales solicitados, se activa la tramitación electrónica de las solicitudes y la atención al público se realizará vía mail o telefónica.

El conseller de Economía Sostenible, Rafa Climent, ha trasladado un mensaje “de apoyo y tranquilidad” al sector cooperativo de la Comunitat, a quien ha dicho que “con estas medidas adoptadas por la Conselleria de Economía, junto con las que desarrolla el RDL 8/2020, publicado ayer, se garantiza la seguridad jurídica necesaria para proteger la actividad en el sector cooperativo, por una parte, y establece las medidas de flexibilización necesarias como consecuencia del estado de alarma”.

En este sentido Climent ha destacado la “pronta y rápida reacción en el ámbito autonómico y estatal” al tiempo que ha reiterado que “desde el Gobierno valenciano seguiremos monitorizando los efectos de la crisis del COVID-19 en este sector y en el resto por si se detectan nuevas necesidades en el ámbito normativo”.

Medidas concretas
Desde la entrada en vigor del estado de alarma, quedan suspendidos los plazos establecidos por la Ley de Cooperativas de la Comuitat Valenciana para comunicar al Registro de Cooperativas,actos o acuerdos como la solicitud del depósito de las cuentas anuales, la legalización de los libros de contabilidad y corporativos, la inscripción de los cargos en sus consejos rectores, la disolución de cooperativas o el nombramiento de liquidadores, entre otros.

De igual modo quedan suspendidos los plazos establecidos para la presentación de recursos o para su impugnación ante la Dirección General de Emprendimiento y Cooperativismo.

Desde la Oficina Centra del Registro de Cooperativas de la Comunitat no se exigirá la celebración de reuniones o acuerdos de los órganos colegiados de las cooperativas durante el estado de alarma, periodo en el cual, se mantiene la vigencia de los nombramientos inscritos.

No se emitirán resoluciones de suspensión o denegación de la práctica de actos registrales solicitados. Aunque sí se podrán extender resoluciones favorables a las personas interesadas, las certificaciones de denominación y las resoluciones frente a los que no quepa registro alguno.

La inscripción de las nuevas cooperativas queda prorrogada y se reanudará el día posterior al de la finalización del estado de alarma acordado y de sus prórrogas si las hubiere.

Máxima coordinación
Estas medidas garantizan una perfecta coordinación entre la oficina central del Registro de Cooperativas de la Comunitat Valenciana y las oficinas territoriales de cada una de las provincias. Todas ellas han establecido turnos para atender las solicitudes de información que demanden las cooperativas y el resto de personas interesadas.

La atención se realizará, preferente, de forma telemática, por correo electrónico (registre_cooperatives@gva.es) ó vía telefónica en horario de 9:00 a 14:00 horas los días hábiles en este número de teléfono 963869012.

La presentación de documentos y títulos para la inscripción se solicitará, necesariamente, a través de procedimientos telemáticos establecidos al efecto. Y en el caso de que no existiera se ha habilitado uno específico a través del siguiente enlace: https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=18492&version=amp

Igualmente, el Consejo Valenciano del cooperativismo también ha suspendido los procedimientos de naturaleza administrativa y procesal en el ámbito de sus competencias.

Fuente: Conselleria de Economía Sostenible de la GVA