• La orden 11/2019 de la Conselleria de Economía Sostenible incluye cuatro tipos de ayudas con diferentes plazos de solicitud.
• Se ha publicado la convocatoria de ayudas de 2021 para cooperativas y otras entidades de la Economía Social de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores productivos, Comercio y Trabajo, (DOGV núm. 9002 del 21/01/2021).
• Los plazos comienzan a partir del 28 enero de 2021 y la presentación de solicitudes será vía telemática.
Las cooperativas valencianas pueden solicitar a partir del 28 de enero las ayudas convocadas por la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, que tienen como objetivo fomentar en 2021 la creación, consolidación y el empleo de las empresas cooperativas y sociedades laborales en la Comunitat Valenciana, y para las que la Conselleria va a destinar un total de 6,7 millones de euros.Así lo ha anunciado el conseller de Economía Sostenible, Rafael Climent, que ha señalado que «resulta imprescindible proceder a la gestión anticipada de las convocatorias de ayudas dirigidas a la potenciación de las cooperativas y las empresas de economía social, que se caracterizan por el fomento del empleo de calidad, sobre todo en este contexto donde todos nuestros esfuerzos se centran en apoyar la reactivación de la economía». Climent ha explicado que «con estas ayudas nuestro objetivo es incentivar las inversiones que contribuyan a la consolidación y mejora de la competitividad de las empresas cooperativas y su inserción en la revolución digital». Asimismo, ha destacado que «el cooperativismo es un sector resiliente y reforzarlo en una situación como la actual, ayuda a mejorar la resiliencia de la economía valenciana en su conjunto».
La orden reguladora de estas ayudas incluye cuatro tipos:
• Ayudas para subvencionar los gastos de constitución y puesta en marcha de nuevas cooperativas, que se incrementan en un 143% respecto a la convocatoria del año anterior, hasta los 150.000 euros, ampliables a 200.000.
• Ayudas para la incorporación de personas desempleadas como socias trabajadoras o de trabajo, que suben en 218%, con más de 4 millones y medio de euros de inversión, ampliables a 6.249.100.
• Ayudas para prestación de asistencias técnicas, que se incrementan en un 218%, de 150.000 euros ampliables a 187.500.
• Ayudas destinadas a la realización de inversiones en obras que llegan a los 400.000 euros ampliables a 530.000, mientras que para el resto de inversiones suben a 1.600.000 euros ampliables a 2.466.000, un incremento de 266% respectivamente respecto al año anterior.
Según las condiciones establecidas para la concesión de ayudas en la nueva orden de bases, las cooperativas de viviendas podrán optar a tres tipos de ayudas: las subvenciones para cubrir gastos de constitución y puesta en marcha de nuevas cooperativas, a la realización de inversiones (sin estar supeditadas a la creación de trabajo directo por la cooperativa) y para la incorporación de personas desempleadas como socias de trabajo.
En primer lugar, para las cooperativas de viviendas se subvencionan los gastos de constitución de las nuevas empresas. En este punto se han ampliado los gastos que son subvencionables y se han incrementado las cuantías. Entre otros gastos, son subvencionables los de notaría, registro, informes de apertura de local o establecimiento, los gastos de gestoría, etc.
En segundo lugar, tanto en el caso de nuevas cooperativas como de aquellas ya en marcha, se subvenciona la incorporación con carácter indefinido de personas desempleadas como socias de trabajo, así como de aquellos trabajadores temporales que pasan a ser socios de sus cooperativas o sociedades laborales.
Por último, las cooperativas que vayan a realizar inversiones durante el ejercicio por un valor superior a 2.000 euros pueden contar con financiación para apoyar una amplia gama de actuaciones, entre las que las cooperativas de viviendas debemos estar atentas a las restricciones. Sin embargo, son destacable, por ejemplo, inmovilizados materiales e inmateriales vinculados a las TIC, como páginas web, así como maquinaria, instalaciones técnicas, herramientas o utillaje o la adquisición de mobiliario destinado a los servicios auxiliares que puede ofrecer la cooperativa de viviendas. Se elimina el requisito de haber incrementado el empleo fijo en los 36 meses anteriores a la fecha de solicitud, que existía en convocatorias anteriores.
Finalmente, también se han publicado las ayudas para asistencias técnicas de cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales (en exclusiva), que incluyen ayudas para la contratación de personas como directores y gerentes, la realización de estudios de viabilidad, organización, comercialización, diagnosis u otros de naturaleza análoga y de informes económicos y de auditoría no obligatorios, así como para el asesoramiento no habitual en las diferentes áreas de la gestión empresarial.
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Fuente: CONCOVI